La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día 
19 de febrero de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, la Primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 
para 2013, en la cual respecto del Libro Segundo, se adiciona el Capítulo 
II.12.4.denominado "De la condonación prevista en el Transitorio Tercero de la 
LIF" que comprende las reglas II.12.4.1. a la II.12.4.6., para quedar de la 
siguiente manera:
Capítulo II.12.4. De la condonación prevista en el Transitorio 
Tercero de la LIF
- Presentación de la solicitud para obtener la condonación
 - Procedimiento
 - Ejercicios revisados
 - Adeudos controlados por entidades federativas
 - No acumulación de montos condonados
 - Condonación sin efectos
 
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Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle
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