domingo, 5 de febrero de 2012

Análisis de las reformas fiscales de 2012 y requisitos para comprobantes fiscales

Se realiza una reseña de las principales reformas fiscales para el año 2012, donde se destacan los aspectos más trascendentes en dos presentaciones, la primera sólo en materia de expedición de comprobantes fiscales, donde se reconocen los siguientes modalidades de comprobantes:

A) Comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) Art. 29 CFF
B) Comprobantes fiscales de coordinados, Art. 29-A, frac. V, inciso a
C) Comprobantes fiscales de donativos, Art. 29-A, frac. V, inciso b
C) Comprobantes fiscales de arrendamiento de inmuebles, Art. 29-A, frac. V, inciso c
D) Comprobantes fiscales de sujetos de IEPS por tabacos labrados, Art. 29-A, frac. V, inciso d
E) Comprobantes fiscales de venta de automóviles nuevos Art. 29-A, frac. V, inciso e.
F) Comprobantes fiscales por la enajenación de lentes ópticos graduados, Art. 29-A, frac. VI, inciso a
G) Comprobantes fiscales por transporte escolar, Art. 29-A, frac. VI, inciso b
H) Comprobantes fiscales por factoraje financiero, Art. 29-A, frac. VI, inciso c
I) Comprobantes fiscales impresos con código de barras bidimensional (CBB), hasta 4'000,000 de ingresos acumulables, art. 29-B, frac. I.
J) Estados de cuenta como comprobantes fiscales, art. 29-B, frac. II.
K) Comprobantes fiscales conforme a facilidades administrativas, incluye comprobantes fiscales digitales (CFD), emitidos por el adquirente y por agrupaciones, art. 29-B, frac. III.
L) Comprobantes fiscales por operaciones con el público en general con maquinas registradoras de comprobación fiscal, art. 29-C, frac. I.
M) Comprobantes fiscales por operaciones con el público en general con medios propios, art. 29-C, frac. II. 
N) Comprobantes fiscales impresos en establecimiento autorizado según el CFF vigente en 2010 (con cédula fiscal), validos por todo el año 2012, o hasta que concluya su vigencia, según la regla Décima novena transitoria de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012.
Los requisitos adicionales para la expedición de comprobantes fiscales establecidos en los artículos 29 al 29-C han sido prorrogados hasta el 30 de junio de 2012.
   
Si deseas conocer esta reseña sobre expedición de comprobantes fiscales, te invitamos visitar la siguiente dirección electrónica:

La siguiente archivo nos presenta  el resto de la reseña de las reformas fiscales de 2012 (archivo elaborado por Carlos García Espinoza de ANEFAC, Aguascalientes)
Análisis de las reformas fiscales de 2012

Si deseas contar con el decreto de modificaciones al Código Fiscal de la Federación para 2012, puedes visitar la siguiente dirección electrónica:
DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación


Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle

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