viernes, 22 de noviembre de 2013

Nominas requisitos para la facturación electrónica (CFDI) a partir de enero de 2014

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer por medio de su página de Internet: www.sat.gob.mx, el Complemento necesario para la expedición de Recibos del pago de la Nómina  como Comprobantes Fiscales Digitales por Internet que iniciarán su vigencia a partir del 1 de enero de 2014 y contiene:

Nomina versión 1.1

  • Nomina11.xsd - Estructura
  • Nomina11.pdf - Estándar
  • Nomina11.xslt - Secuencia de Cadena Original

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jueves, 21 de noviembre de 2013

Ley de Ingresos de la Federación para 2014

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día 20 de noviembre de 2014, en su edición vespertina a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, y se reforma el primer párrafo del artículo 2o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013, misma que contempla, entre otras cuestiones, las siguientes:

  • Se mantienen las mismas tasas de recargos para el pago de créditos fiscales, respecto al ejercicio de 2013; es decir, 0.75% mensual sobre saldos insolutos y en el caso de pago a plazos, 1% mensual hasta 12 meses, 1.25% mensual de 12 hasta 24 meses, y de 1.5% mensual para plazos superiores a 24 meses, así como el pago a plazos diferido.

  • Persisten los mismos estímulos fiscales respecto al ejercicio de 2013, como: 1) Acreditamiento del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a las personas que realicen actividades empresariales (excepto minería) por el diesel que se adquiera como combustible para maquinaria en general; 2) Devolución del IEPS causado por la adquisición de diesel para consumo final en actividades agropecuarias o silvícolas; 3) Acreditamiento contra el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de hasta 50% de los gastos realizados por el contribuyente en el pago de los servicios por el uso de infraestructura carretera de cuota.

  • Continúa la exención del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, para automóviles con propulsión por baterías eléctricas recargables, eléctricos con motor de combustión interna o accionados por hidrógeno.

  • La tasa de retención de ISR anual, tratándose de pago de intereses pagados por el sistema financiero, continuará siendo de 0.60%.
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Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio 2014

miércoles, 20 de noviembre de 2013

Nuevos requisitos de devoluciones en los Anexos 1-A, 3, 11, 14, 15 y 17 de la Cuarta Resolución Miscelánea Fiscal para 2013

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día 13 y 14 de noviembre de 2013 a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), entre otros temas, los Anexos 1-A, 3, 11, 14, 15 y 17 de la Cuarta Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada el 12 de noviembre de 2013 referente a "Trámites Fiscales", que contempla, entre otros: en el Anexo 1A

  1. Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR vía Internet                          OJO Estas tres son muy importantes
  2. Solicitud de Devolución de saldos a favor del IEPS, Crédito Diesel vía Internet
  3. Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC e IMPAC por recuperar
  4. Inscripción en el RFC por escisión de sociedades
  5. Aviso de cierre de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares donde se almacenen mercancías y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de sus actividades vía Internet o en salas de Internet de las ALSC.
  6. Información que deberán proporcionar las sociedades que componen el sistema financiero y los organismos públicos federales y estatales que perciban intereses derivados de los créditos hipotecarios.
  7. Acreditación de FIEL de personal que realiza comisiones oficiales en el extranjero
  8. Solicitud y expedición del Formato para pago de contribuciones federales. (FCF)
  9. Presentación de garantías del interés fiscal.
  10. Solicitud de copias certificadas de declaraciones
Anexos:
3 Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras
11 Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados
14 Donatarias autorizadas
15 Impuesto sobre Automóviles Nuevos
17 Requisitos que deben cumplir las personas que soliciten ante el SAT autorización como Proveedor de Servicio
 
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En 2014 Solo son deducibles las facturas electrónicas tipo Comprobantes fiscales digitales (CFDI)


La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que a partir de 2014 será obligatorio para todos los contribuyentes emitir sus comprobantes fiscales a través de facturas electrónicas tipo Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), con lo cual no se permitira la deducción con Comprobantes fiscales con Codigo de Barras Bidimensional (CBB).
Las facturas electrónicas CFDI son las únicas que a partir del primero de enero de 2014 serán válidas fiscalmente, todas las demás no podrán presentarse para deducir impuestos.
Para migrar al esquema de factura electrónica CFDI solo se requiere: la Firma Electrónica (Fiel), tramitar un certificado de sello digital y contar con un servicio gratuito de facturación, ya sea el que ofrece el SAT a través de su portal de internet o el que brindan los auxiliares de comprobación autorizados.
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Reglas para el uso de la Firma Electrónica Avanzada ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer el día 14 de noviembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entre otros temas, el Acuerdo SA2.HCT.280813/234.P.DIR y Anexo Único Reglas de Carácter General para el uso de la Firma Electrónica Avanzada, cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en los actos que se realicen ante el IMSS.

Las presentes Reglas de carácter general tienen por objeto regular el uso de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL), cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en los actos que se realicen ante el Instituto Mexicano del Seguro Social mediante la zona aplicativa Web que el Instituto ponga a disposición de los interesados.
 
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Dr. Miguel Angel Oropeza Tagle

miércoles, 13 de noviembre de 2013

Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelanea Fiscal para 2013 y sus anexos 1 y 1B

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día 12 de noviembre de 2013, en el Diario Oficial de la Federación, la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y sus anexos 1 y 1-B, que contiene:

  1. Protección de datos personales
  2. Pago de DPA´s ante las Secretarías de Comunicaciones y Transportes y de Relaciones Exteriores
  3. Saldos a favor de personas físicas
  4. Cédula de identificación fiscal y constancia de registro fiscal
  5. Opción para la expedición de comprobantes fiscales impresos
  6. Estados de cuenta expedidos por instituciones de crédito por intereses exentos
  7. Opción para expedir constancias o copias a terceros de declaraciones informativas
  8. Saldos a favor del ISR generados por acreditamiento del IDE
  9. Requisitos que deben cumplir los centros de destrucción para ser autorizados por el SAT
  10. Pago en parcialidades del ISR retenido
  11. Pago en parcialidades del IVA
  12. Diferimiento del pago de parcialidades con autorización previa al mes de junio de 2013
  13. Consulta de entidades y municipios que se ubican en desastre natural

Anexos:
1 Formas oficiales aprobadas
1-B Procedimientos Electrónicos

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Dr. Miguel Angel Oropeza Tagle