-No será necesario presentar los listados del IETU mensuales durante el año, ya que sólo se debe presentar la información del ejercicio a más tardar el 31 de enero del año siguiente.
-No será necesario presentar la información del IVA en las declaraciones anuales de ISR, ya que es suficiente que presentes las DIOT.
-Los contribuyentes que se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, en términos del Código Fiscal de la Federación y la Ley del Seguro Social, podrán optar por no presentar dicho dictamen (OJO es aplicable a partir del dictamen de 2010). Esta facilidad no será aplicable a las donatarias autorizadas, ni en los casos de fusión o escisión de sociedades o tratándose de entidades de la Administración Pública Paraestatal.
- Aunque la facilidad anterior implicara que el propio contribuyente deberá presentar de manera directa ante las autoridades fiscales la información que soliciten las autoridades (suponemos que puede ser similar a la de los dictámenes actuales).
- Tratándose de la devolución mensual de saldo a favor del impuesto a los depósitos en efectivo, se considera otorgar una facilidad administrativa para que los contribuyentes obtengan tal devolución sin que deban dictaminar por contador público autorizado dicho saldo (Evidentemente si quitas el dictamen anual no se puede solicitar la declaratoria mensual del IDE; OJO esta facilidad aplica hasta el 1 de SEPTIEMBRE de 2010).
- Que tratándose de FEA de personas físicas en la renovación de su certificado digital se establece una vigencia de cuatro años para dichos certificados.
Como podemos apreciar son unas buenas facilidades administrativas, sin embargo es necesario esperar a las reglas de carácter general, ya que luego el SAT pone requisitos insalvables y nos obliga a quedar como estábamos.
Pero en inicio es lo que podemos comentar, por lo tanto los invitamos a estar atento a la información que pueda surgir con posterioridad en este mismo Blog los tendremos al tanto.
Pero en inicio es lo que podemos comentar, por lo tanto los invitamos a estar atento a la información que pueda surgir con posterioridad en este mismo Blog los tendremos al tanto.
Si deseas ver la información completa de este decreto de invitamos a verificar la siguiente dirección electrónica.
Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle
realmente interesante lo del dictamen, me gustaria saber lo que piensan los dictaminadores...
ResponderEliminarYo creo que deben estar muy preocupados, pero no sólo los dictaminadores, sino también todas las plantillas laborales dedicadas a la auditoría, ya que el no ser obligatoria la auditoría y al no haber ningún incentivo para hacerla, creo que dificil será que puedan contratar algún cliente que no sea de los obligados por otros supuestos, por ejemplo donatarias, fusión, escisión o por estar listadas en bolsa
ResponderEliminarJAVIER ROMERO: A mi me preocupa que muchos contribuyentes se vayan a arriesgar con el beneficio y puedan quedar en estado de indefención; y por tanto, las revisiones vengan por parte de la autoridad, ya que los contadores independientes bien que mal, revisaban e invitaban a los empresarios a solventar ciertas observaciones con repercusiones fiscales sobre su trabajo. Al final ahorrarse el honorario de auditoría podría resultar más caro que pagarlo.
ResponderEliminarKarla Reyes: Creo que implementaron buenas facilidades administrativas sobre este decreto, pero pienso que solo se fijaron en lo bueno que seria para el contribuyente, dejando de lado a todo el personal que labora directa o indirectamente en la elaboración del dictamen, pienso que deberían adoptar ciertos incentivos para que el contribuyente se motive a dictaminarse y así no se vea tan afectados los trabajadores que están detrás de una auditoria.
ResponderEliminarHernández Reséndiz: Es real que aplican buenas facilidades sin embargo, desde que punto estan pensando en todos los c.p. que aplican el trabajo de los dictamenes que laboran para sacar lo bueno y malo de un trabajo , por lo cual creo que no deberían de quitarlo por que se esta afectando a mucha gente dedicada a la rama laboral de auditoría.
ResponderEliminarHumberto Jose Esqueda Guerrero: Pues esta muy bien que otorgen estas facilidades administrativas por que agilizan el trabajo del contador publico, pero creo que las empresas que estaban obligadas a dictaminarse ya ban optar en no hacerlo para ahorrarse una buena cantidad de dinero, por lo tanto va hacer un duro golpe para lo despachos que se dedican a la auditoria
ResponderEliminarOSBALDO CASTRO MARTINEZ: Me parece perfecto el hecho de implementar facilidades para la simplificación tributaria, ya era necesario desechar ciertas medidas que resultaban costosas y complejas para el contribuyente. Por otro lado la facilidad de optar por no dictaminar los estados financieros, me parece una medida que afectara a los contadores públicos autorizados ya que esta facilidad malbaratara el trabajo de dichos contadores, sin embargo en mi opinión parte de los contribuyentes que estaban obligados a dictaminar desecharan esta optativa, ya que a la SHCP seguro implementara nuevas medidas para vigilar a aquellos que dictaminaban y opten por no presentar dicho dictamen.
ResponderEliminarME PARECE MUY BIEN QUE LA AUTORIDAD FINALMENTE HAYA QUITADO ALGUNOS ASPECTOS DE LA CARGA FISCAL QUE SON IRRELEVANTES E INNECESARIOS,Y RETRASAN AUN MAS LAS LABORES DEL CONTADOR COMO EL CASO DE LOS LISTADOS DE IETU MENSUALES.
ResponderEliminarEN EL CASO DE LA OPCION DE NO DICTAMINAR LOS ESTADOS FINANCIEROS PARA AQUELLOS OBLIGADOS, ME PARECE QUE PUEDE SER UN ARMA DE DOBLE FILO, POR PRINCIPIO DE CUENTAS LAS EMPRESAS LO VEN COMO UN BENEFICIO APARENTE,,,,PERO NO SE DAN CUENTA QUE TAL VEZ AL NO DICTAMINARSE VAN A LLAMAR AUN MAS LA ATENCION DE LA AUTORIDAD. SI UNA EMPRESA YA LLEVABA DICTAMINANDOSE MUCHOS AÑOS Y AHORA DECIDE NO HACERLO, POR QUE SERA?, QUE ESCONDE? ASI QUE DESDE MI PUNTO DE VISTA SERIA MEJOR QUE ESAS EMPRESAS QUE HAN ESTADO DICTAMINANDOSE LO SIGAN HACIENDO, POR QUE LA AUTORIDAD FISCAL NO ES LA UNICA INTERESADA EN QUE SE CUMPLA DICHA OBLIGACION, TAMBIEN ESTAN INTERESADOS LOS ACCIONISTAS DE LA EMPRESA, EL DUEÑO, O INCLUSO TERCEROS.
KRISEL NUÑEZ ANDRADE
Ma. Guadalupe Lopez Mtz: Considero que no presentar los listados del IETU mensuales,la informacion del IVA en las declaraciones anueles del ISR, asi como que los contribuyentes no se tengan que dictaminar para que obtengan la devolucion mensual de saldo a favor del IDE, si son facilidades administrativas muy buenas que propone la autoridad ya que se podría simplificar el trabajo. En cuanto a ya no tener la "obligacion" de dictaminarse, asi como lo dice el decreto, es una Opcion que tienen los contribuyentes, porque en realidad la obligacion esta presente, ya que no se ha modificado el art. 32-A del codigo, ni el 16° de la LSS, es decir la obligacion sigue presente; por esto no creo que a los despachos de auditoria les pegue tanto; por lo tanto hay que esperar cuales son las reglas que emita el SAT, porque tal vez a fin de cuantas el trabajo y esfuerzo sea el mismo.
ResponderEliminarEN MI OPINION CREO QUE YA ERA JUSTO QUE EL GOBIERNO PERNSARA EN NOSOTROS Y NO SOLO EN SUS BENEFICIOS...
ResponderEliminarAL HABLAR DEL IETU PIENSO QUE ES MUY BUENO QUE YA NO SE TENGAN QUE PRESENTAR LOS LISTADOS MENSUALES YA QUE ESTO LLEVA MUCHO TIEMPO, Y DE ESTA MANERA SI NOS BENEFICIARIA EN EL TIEMPO; NO PRESENTAR EL IVA EN LA DECLARACION DE IRS Y SOLO PRESENTAR LA DIOT SIMPLIFICA EL TRABAJO COMO CONTADORES... LO UNICO QUE NO ME CONVENCIO MUCHO, FUE LA IDEA DE QUE LOS CONTRIBUYENTES QUE ESTAN OBLIGADOS A DICTAMINAR, EN POCO TIEMPO SIMPLEMENTE PODRAN ELEGIR NO PRESENTAR ESTE DICTAMEN...
PERO FUERA DE ESTO, CONSIDERO QUE LA DESICION DE EL PRESIDENTE DE IMPLEMENTAR ESTAS FACILIDADES ADMINISTRATIVAS FUE MUY ADECUADA, YA QUE SON ADECUADAS PARA TODOS LOS CONTRIBUYENTES, NO SOLO PARA EL PROPIO CONTADOR PUBLICO...
ANA CRISTINA LOSOYA DIAZ
MARISOL VAZQUEZ: creo q estas nuevas facilidades del decreto vienen a ahorrar el trabajo de los contadores y contribuyentes (según las autoridades) y al no tener ya que gastar en el pago de honorarios por el dictamen, por no tener que presentar la declaración mensual de IETU o anotar la información del IVA en la declaración anual, todo ese dinero se podra utilizar en inversiones pero creo que todas estas "opciones" q ofrecen las autoridades fiscales se deberan cumplir bajo estrictas reglas y requisitos que no seran faciles de completar.
ResponderEliminarPor fin la autoridad reflexiona sobre el complejo sistema fiscal de nuestro pais y se pone a trabajar en el tema. Las facilidades administrativas resultan muy atractivas para los contribuyentes, sin embargo cuando hacen algo bueno luego vienen modificaciones y reglamentaciones que poco a poco hacen que vuelva la complejidad al sistema.
ResponderEliminarEspero que este no sea el caso.
Rodriguez Rodriguez
Hugo Gonzalèz Plascencia:
ResponderEliminarBuen dia, antes que nada permitame felicitarle por el blog; y en cuanto al decreto, creo que si nos exime de una carga laboral importante, aunque yo nunca pense que fuesen inecesarios tanto el listado del IETU como la Informativa de IVA, en cuanto a el tema de optar por presentar el dictamen o no, concuerdo con varios de mis compañeros al decir que el tomar la opcion de no hacerlo, no los exime como dice el decreto presentar de manera directa ante las autoridades la informacion que les sea solicitada, al igual que las devoluciones de IDE, dejan grandes lagunas entreabiertas a dispocicion de las autoridades, asi que en esa cuestion solo queda esperar para ver en que forma las toma la autoridad.
Saludos.
Norma Pantoja:
ResponderEliminarConsidero que son atractivas estas facilidades administrativas (no presentar listados del IETU, la informacion del IVA en las declaraciones del ISR, la opcion de los contribuyentes por no dictaminarse, entre otras...) que ha otorgado el Presidente para los contribuyentes, mas sin embargo hay que esperar las reglas que pueda emitir el SAT y que nos obligue a quedar como en principio, con un muy complejo sistema fiscal.
KAREN RODRIGUEZ:
ResponderEliminarEn mi opinion creo que la facilidades administrativas son buenas ya que de alguna u otra forma son un beneficio al contribuyente, lo que no me perece muy bueno es el hecho de que no se obligue a presentar dicatamen ya que ello es una parte esencial para evitar cualquier tipo de errores, esperemos que esto no sea contraproducente saludos!!!!
CORINA MONTSERRAT ROMO
ResponderEliminarA mi punto de vista me parece que este nuevo decreto simplifica mucho el trabajo y beneficia a muchos, pero como el Dr. Tagle nos dice habra que esperar a las reglas de caracter general que establezca el SAT las cuales nos pueden obligar a seguir como estabamos.
La opcion que da para dictaminarse o no me parece buena por que ademas de que implica una obligacion menos esto no exime a los contribuyentes de presentar a las autoridades la informacion que estas le soliciten, sin embargo pienso que las empresas que tienen muchos años dictaminandose deberian seguir haciendolo para evitar sospechas o para los intereses de terceros.
Este decreto creo que si otorga muchas facilidades a los contribuyentes, sin embargo habra que ver si no seran demaciados requisitos o reglas los que imponga el SAT que como dije los obligue a volver a lo mismo de antes.
Este decreto ademas va a agilizar el trabajo del contador por los aspectos fiscales que aveces parecen innecesarios y son demaciado laboriosos
como el listado del IETU.
BRENDA RUIZ RODRIGUEZ
ResponderEliminarEn lo particular creo que las autoridades fiscales han facilitado mucho a los contadores de cierta manera, pero en otro punto de vista no, pues al ya no estar obligadas las empresas a dictaminarse muchas empresas auditoras van a quedarse con poco trabajo, o puede ser que en un tiempo considerables las autoridades fiscales emitan una serie de reglamentos o dispociciones que se le parescan al dictamen, ya que el SAT no se va a quedar a si como si nada y decidan no obligar a dictaminar a las empresa.
Antes de dar mi opinión respecto al decreto permitanme felicitar a todos los que hacen posible éste blog y darnos la oportinidad de la retroalimentación....
ResponderEliminarComenzando por la fasilidad administrativa de ya no presentar mas los listados del IETU de manera mensual tan mencionados, tengo entendido que siguen formando parte de la declaracíon anual, así que, no veo el caso de dejar acumularlos para cierre de ejercicio como todo buen Mexicano y el seguirlos realizando mensualmente en nuestros papeles de trabajo.
En lo que consierne al Dictamen se nos olvida que el objetivo de éste es brindar una opinión profesional sobre la credibilidad de la información que nos presentan los Estados Financieros donde el principal usuario es la SHCP y que a démas de ello se desprenden ciertos estimulos fiscales, por lo que no tardará en lanzar una nueva norma de caracter general dejando sin posibilidades una vez mas al contribuyente de defenderse ante este organo administrativo,también existen otros usuarios como los propietarios,acreedores y/o terceros a los que les es importante la confiabilidad de sus Estados Financieros para tomar decisiones; por lo tanto es cierto que el trabajo del Auditor se verá disminuido, el del contador y el de nosotros los auxiliares aumenta claro con los mismos ingresos jajaja. Pero aún así la profesión prevaleserá en concreto que el gobierno como bulgarmente se dice nos ésta dando atole con el dedo
Alan Roberto Castaños Melendez: Yo opino que estas facilidades tienen doble filo. Me refiero a que simplifican de algun modo la presentación de algunas obligaciones y en algunos casos (dictamen fiscal) desaparece la obligación, sin embargo la carga del trabajo a mi pensar será la misma. Todo dependerá de la organización y control que cada contribuyente tenga de sus obligaciones. Como se dice aún se esperan las reglas de carácter general solo que la fecha aun no se sabe. Espero que no sea demasiado tarde para que se pierdan varios trabajos de auditoría. En conclusión en cuanto al dictamen fiscal yo pienso que las empresas piensen dos veces antes de suspender las auditorias, además , ya no estarán bajo la lupa del SAT.
ResponderEliminarLiliana Montoya Ramirez:
ResponderEliminarYo considero que las Autoridades Fiscales en muchas ocasiones nos dan noticias aparentemente con incentivos para los contribuyentes, pero tienen muchas cosas de trasfondo, como ocurrio en el caso de la aparente reduccion del ISR en los ejercicios 1999,2000 y 2001 que supuestamente disminuyeron la tasa, pero en "letras chiquitas" nos informaron que quedaba pendiente de pago lo que habian rebajado. En este caso de los dictamenes que dejan de ser obligatorios, es poco creible que la Autoridad deje libremente a los contribuyentes el hacerlo o no, ya que no tiene la capacidad de hacer tantas revisiones directas, lo mas seguro es de que va a obligar a los contribuyentes a dar esa informacion en forma directa y lo peor que puede ser hasta en forma mensual, lo mismo que se exige en los dictamenes de contador publico independiente, por lo tanto van a requerir este tipo de empresas contar con un auditor interno o departamento de auditoria interna para proporcionar esta informacion y va a resultar hasta mas costoso que si optaran por dictaminarse.
En lo personal, me gustaría opinar básicamente respecto a la presentación de los LIETU; ahora que se otorgo esta facilidad creo que fue algo bueno ya que anteriormente teníamos que presentar uno en forma mensual y al finalizar el ejercicio otro (de todo el año), y no me quejo de presentarlos en forma mensual es solo que me quitaba tiempo, que viéndolo de forma objetiva era inútil debido a la presentación del acumulado de todo el año…
ResponderEliminarDe igual manera mi postura ante la cuestión de las DIOT en la declaración anual de ISR, en cuanto a la obligatoriedad del dictamen que ya es optativa no puedo omitir una opinión concreta, hasta el momento no he tenido la viva experiencia en el caso, pero si es una tema de importancia!!!
José Esparza Ruvalcaba
SANTANA GARCIA: En mi opinion siento que esta bien que otorguen estas facilidades administrativas ya que pues a los contadores se nos ahorra un poco mas de trabajo, pero sin embargo no estoy muy de acuerdo en eso de que ya no van a estar obligadas la mayoria de las empresas a dictaminarse, xq afectaria a muchos aduditores que dependen de esto, ademas de que la autoridad puede requerir una revision a una empresa que no esta obligada a dictaminarse, la utoridad lo hara por su cuenta y quizas a el contribuyente le salga mas caro que dictaminarse por un contador independiente.
ResponderEliminarKarina Janeth Blanco Diaz. En mi opinión esta bien que las autoridades fiscales implementen facilidades para los contadores, pero considero que estas "facilidades" no son tan buenas, ya que en el caso del dictamen, me parece que va a ver varios afectados, despachos pequeños probablemente desaparezcan, si esq las autoridades no implementan buenas reglas sobre los contribuyentes que dejaran de dictaminarse, otra que no creo que es tan buena, es sobre la presentacion de listado de IETU, a lo mejor si nos ahorrara un poco de tiempo, pero sera el mismo trabajo, hubiera tenido un gran beneficio si se presentara junto con la anual; pero no nos queda mas que esperar las reglas de la SHCP.
ResponderEliminarNancy Beltrán Flores
ResponderEliminarPara mi opinión resulta alarmante este tipo de decreto porque si antes con las auditorias se encontraban algunos errores en la contabilidad y era mejor ya que podian ser modificados por el contador, ahora si no se esta obligado a dictaminar las empresas tendran el riegos de tener algunos errores (no todas)y si llegase una auditoria de parte de hacienda creo q serà peor ya que a lo mejor solo a lo mejor puede encontratar mas error los cuales pudo haber encontrado el auditor y q el contador pudo haber cambiado, ademas si, solo se penso en el contribuyente, mas no en el contador y si quedaran muchos auditores sin trabajo, bueno los depachos pequeños que llevan contribuyentes pequeños, pero de esos despachos son muchos y seran los mas afectados
Me parece un buen decreto porque si hace que el contribuyente al principio de conocer este decreto sienta que la ley esta a favor de ellos con estas facilidades administrativas y sì lo està...y sì abriò puertas a grandes facilidades... ahora ya es menos trabajo mensual... pero como se dice al principio son facilidades ahora se tiene que esperar a saber si realmente son facilidades administrativas o no porque luego se ponen complicaciones y termina siendo lo mismo de antes.
ResponderEliminarDORIS OLIMPIA ARAUJO D.
ANA CECILIA SANCHEZ ORTEGA.
ResponderEliminarEN MI OPINIÒN CONSIDERO QUE SÌ LAS OBLIGACIONES FISCALES TIENEN UNA GRAN COMPLEJIDAD EN CIERTOS CASOS, POR CONSECUENCIA DE ESTO SON MUY BUENAS LAS NUEVAS FACILIDADES ADMINISTRATIVAS YA QUE SOBRE TODO GENERAN UN GRAN IMPACTO ADMINISTRATIVO EN LOS CONTRIBUYENTES QUE LO APLICAN. POR EJEMPLO EN CUANTO AL DICTAMEN CREO QUE BENEFICIARÌA A LA ECONOMÌA DE LOS CONTRIBUYENTES EN MEDIDA QUE DESTINARÀN MEJOR SUS RECURSOS AL YA NO PAGAR LOS HONORARIOS POR DICTAMINAR, PERO EL EMPLEO DE LOS AUDITORES SE VERA AFECTADO (DISMINUIDO) Y EL DE LOS CONTADORES AUMENTADO.
La Verdad esta muy bien, por que si nos ponemos aver desde nuestro punto de vista, se nos simplificaria el trabajo, pero en la realidad yo creo que fue una estratejia Politica de parte del Presidente Calderon, por que fue prácticamente poco antes de las elecciones para gobernadores en los estados pero en la mayoria gano el PRI, asi que no creo que siga tan amable y esas facilidades administrativas tengan alguna que otra contrariedad.
ResponderEliminarRespecto a los Dictamenes, no creo que pueda ser tan facilmente, se supone que al hacerlo es para que las empresas no realicen algun tipo de fraude, como en bancos para prestamos o con los proveedores a crédito, asi que no creo que desaparesca.
Verónica Rangel.
MARTINEZ MOTA LUIS FERNANDO....
ResponderEliminarComo se ha dicho al parecer el decreto propone buenas facilidades administrativas en relacion a la opcion de dictaminarce, pero a fin de cuentas el trabajo que desempeña el auditor sera el que realice el contador por motivos de que el sat requerira informacion contribuyente.
Sobre las facilidades mensuales como la de no presentar el listado del IETU creo que es parte de la estrategia del SAT, ya que por un lado te facilitan tu trabajo pero por otro te lo cargaran,
HOLA BUEN DIA!
ResponderEliminarPUES EN MI OPINION, EL DICTAMEN ES BUENO, YA Q ES LA OPINION DEL DICTAMINADOR SOBRE LA RAZONABILIDAD DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LA EMPRESA (BOLETIN 4010,NORMAS DE AUDITORIA), PORQ TANTO SOCIOS, CLIENTES, ACREEDORES FINANCIEROS, COMO ALGUNOS PROVEEDORES LOS REQUIEREN PARA PODER TRABAJAR CON DICHA EMPRESA.
AUNQUE HOY EN DIA SE CREE Q EL DICTAMEN ES MALO,POR Q SE HA HECHO A LA IDEA QUE SIEMPRE SE ELABORARA PARA FINES FISCALES, Y ASI NO SE CONSIDERA Q ES UNA OPINION RAZONABLE, PROFESIONAL Y RESPETADA DE LA POSICION FINANCIERA DE LA EMPRESA, REALIZADA POR UN AUDITOR EXTERNO A ESTA.
NO OBSTANTE, PARA ALGUNOS CONTRIBUYENTES SERA BUENO Q LA OBLIGACION DE DICTAMINARSE YA NO SEA UNA OBLIGACION COMO TAL, YA Q PENSARAN Q EL NO ESTAR EN EL SUPUESTO DE, DICHOS CONTRIBUYENTES NO VERAN LA NECESIDAD DE HACERLO, AFECTANDO POR ENDE AL CAMPO LABORAL DEDICADO A LA AUDITORIA, AUNQ NO TODAS LAS EMPRESAS Q SE DICTAMINAN ACTUALMENTE VAYAN A OPTAR POR ESTA OPCION POR Q COMO LO MENCIONE ANTERORMENTE, OTRAS ENTIDADES LO REQUIEREN.
ASI Q PARA FINALIZAR, CREO Q SE DEBE DE ESTAR AL TANTO DE LA PUBLICACION DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL, YA Q LAS AUTORIDADES, ADEMAS DE LA COMPLEJIDAD DE SUS REGLAS, QUITAN AL CONTRIBUYENTE DE UN SUPUESTO PARA POSICIONARLO EN OTRO Q RESULTA, SER PEOR PARA EL CONTRIBUYENTE!
DAVID LOPEZ RIVERA
PAULINA OLIVA GARCIA: En mi opinion este decreto si da facilidades a muchos contribuyentes, aunque como bien menciona el Dr. Tagle hay que esperar a ver las reglas de caracter general para estar seguros
ResponderEliminarFABIOLA RIVERA GUTIÉRREZ. Consideró que este decreto, si nos da algunas facilidades como bien dice, pero como pasa algunas veces primero nos muestran los beneficios que puede gozar el contribuyente y después vienen los obstáculos para poder disfrutar de estos. Creo que el dictaminarse por voluntad propia sigue siendo buena opción para que las autoridades fiscales no nos vayan a dar sorpresas en un futuro que podría no ser tan lejano.
ResponderEliminarARTURO HERRERA
ResponderEliminarDe inicio las facilidades administrativas otorgadas presentan beneficios para los contribuyentes al diminuir la carga de obligaciones de caracter fiscal, pero creo que debemos esperar y estar muy pedientes de cada movimiento de las autoridades, pues aun no sabemos que informacion adicinal puedan solicitar y que tan compleja o sencilla pueda ser esta, en el caso de que se tenga que presentar alguna forma adicional, o sera que las autoridades lo que buscan es evitar la triangulacion de revisar primero los papeles de trabajo del auditor independiente y dirigirse directamente con el contribuyente, en fin solo nos queda especular hasta que exista algo concreto de lo que rodea a estas facilidades.
En lo personal considero que ha sido muy prudente quitar la obligación de presentar los LIETU, pues era una carga extra para un contador la cual considero inecesaria, ya que de todas formas se tiene que presentar una declaracion anual....en cuanto al decreto creo que es bueno aunque en realidad solo se beneficiaran algunas empresas aquellas que no
ResponderEliminarson muy grandes y son estables economicamente hablando.
ANAY VALDEZ IBARRA
FRANCISCO JAVIER VILLALPANDO SERNA
ResponderEliminarMe parece que es hasta cierto punto un buen decreto al permitir las facilidades para los contribuyentes pero a la vez es tambien una carga menos para los Contadores Publicos, pero ahi es donde vienen a afectar a los auditores pequeños al perder clientes, porque las empresas ya no van a optar por dictaminarse, pero pues pienso q las firmas grandes de auditoria pueden salir avante con su trabajo, en conclusion se tomo una buena decision al facilitar la tramitologia para los contribuyentes
MARTIN MUÑOZ FLORES
ResponderEliminarCREO QUE SI EN REALIDAD LAS FACILIDADES ASMINISTRATIVAS SE APLICAN TAL COMO DEBEN SER Y SIN COMPLEJIDADES POSTERIORES, SEGUN LO QUE ESTABLEZCA EL SAT, ME PARECE QUE SON MUY BUENAS YA QUE AYUDARAN AL MEJOR CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES (IVA, IETU, IDE Y DICTAMEN)POR PARTE DE LOS CONTRIBUYENTES.
En mi opinion parecen ser buenas noticias ya que las autoridades nos han otorgado facilidades a nuestra profecion por el hecho de modificar algunas de la obligaciones de los contribuyentes, hasta el momento esto suena agradable pero hay q esperar los requsitos que el SAT imponga como obligacion a los contrubuyentes para cumplir sus nuevas modificaciones. AMADOR TISCAREÑO
ResponderEliminaren mi punto de vista creo que este decreto puede ser un poco malo para pues se era de alguna manera parte importante pues se hacia la auditoria y se checaba la emnpresa pra establecer si tenias algun error y tambien terminar con despachos pequeños que se dedicaban mas a hacer eso.
ResponderEliminarROBERTO CARLOS PATIÑO AMEZQUITA
LICEY MARTINEZ TRANCOSO
ResponderEliminardesde mi punto de vista creo que es bueno que las autoridades se den cuenta de que en ocasiones la estructura fiscal resulta un tanto compleja e implementen medidas de simplificación tributaria tales como suprimir listados de IETU mensual , no presentar información de IVA en declaraciones anuales de ISR… y hablando de los obligados a dictminar que opten por no hacerlo no lo veo tan grave para la profesión ya que aun existe la obligación en el codigo fiscal.. y aparte si los empresarios son inteligentes se darán cuenta de que no les conviene dejar de hacerlo desde un punto de vista del control de la empresa…
Yo creo que en principio causa extrañeza el hecho que hayan quitado esas obligaciones fiscales las cuales son las principales “informantes” de la autoridad, ahora como le van hacer para tener esa información. Yo siento que los contribuyentes tendran que tener mas cuidado por que vendrán nuevas disposiciones, nuevas obligaciones que muy probablemente sean A TRAVES DE REGLAS DE RESOLUCIÓN MISCELANEA.
ResponderEliminarEl otro dia yo le pregunte a mi jefe que es contador si habia desaparecido el dictamen fiscal, a lo que inmediatamente comento NO AHORA ES OPCIONAL. Así de primera mano qué diferencia hay entre de que ya no es obligatorio a es opcional, o de que desapareció, solo semántica diría yo. Ya que para efectos es lo mismo
PATRICIA MAYAGOITIA
PARA LOS CONTADORES EL DECRETO DEL SR PRESIDENTE,ES DE GRAN BENEFICIO PARA LA SIMPLIFICACION DE LAS DECLARACIONES YA QUE ES DE GRAN AYUDA PARA LOS CONTRIBUYENTES, PERO SE COMENTA QUE EL SAT PONE VARIOS OBSTACULOS PARA QUE EL CONTRIBUYENTE NO TENGA LAS FACILIDADES PARA REALIZAR SUS DECLARACIONES.
ResponderEliminarVERONICA GALVEZ
CON RESPECTO AL DECRETO PIENSO QUE ES UNA AYUDA AL CONTRIBUYENTE YA QUE TRAS VARIOS PROCEDIMIENTOS PARA HACER DECLARACIONES DE LOS IMPUESTOS FACILITEN LA ELABORACION Y QUE EL CONTRIBUYENTE CUMPLA PUNTUALMENTE SUS DECLARACIONES MARIA DEL SOCORRO CASILLAS
ResponderEliminarJUAN GERARDO CAMPOS SALADO
ResponderEliminarLa simplificacion tributaria es algo que nos beneficia en ciertos aspectos, un ejemplo es que a partir de 2010 se ppodra optar por no dictaminar los estados financieros, pero esto dara como consecuensia la disminucion en la contratacion de CP para auditar, sin embargo tendremos que ver lasreglas de caracter general que el SAT aplique.
Esto es factible ya que se incrementaran las medidas pertinentes para que los contribuyentes cumplan con mayor facilidad y en menor tiempo con sus obligaciones fiscales..