miércoles, 27 de febrero de 2013

Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes de INFONAVIT

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores dio a conocer el día 27 de febrero de 2013 a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Resolución por la que se aprueban las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Estas Reglas entrarán en vigor a partir de su aprobación por el H. Consejo de Administración, con las cuales se regulan algunos aspectos interesantes como:
 
- Requisitos para otorgar un segundo crédito por parte del INFONAVIT.
- Nuevas modalidades de crédito:
  • a) En línea II, a la adquisición en propiedad de habitaciones, financiadas o no por el Infonavit;
  • b)  en línea III, a la construcción de vivienda;
  • c) En línea IV, a la reparación, ampliación o mejoras de habitaciones, y
  • d) En línea V, al pago de pasivos adquiridos por cualquiera de los conceptos anteriores
- Régimen Especial de Amortización, significa el esquema de pago que deberá cumplir el trabajador, en los siguientes supuestos:
  • a). Cuando pierda su relación laboral y no hubiere tramitado oportunamente su Prórroga, o que no haga uso de ella;
  • b). Al vencimiento de la Prórroga y que no esté sujeto a una relación laboral;
  • c). Cuando se trate de un trabajador acreditado jubilado o pensionado;
  • d). Cuando el trabajador acreditado cambie de empleo a una relación laboral sujeta al apartado “b” del artículo 123 constitucional, o
  • e). Cuando el trabajador mantiene su relación laboral, pero el patrón retiene las amortizaciones y no las entera al Infonavit, previa autorización de las áreas correspondientes del Instituto. Bajo este supuesto, el trabajador no estará obligado a cubrir la parte del pago correspondiente a la aportación patronal.
- Régimen Ordinario de Amortización, significa el esquema de pago que deberá cumplir el trabajador cuando no esté en los supuestos del Régimen Especial de Amortización.
 
Asimismo, a la entrada en vigor de las presentes Reglas, se abrogan las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Infonavit, que fueron aprobadas por el Consejo de Administración del Instituto y publicadas en el DOF el 22 de febrero de 2008, así como las demás disposiciones que se opongan a estas Reglas.
 
Finalmente, las solicitudes de crédito presentadas al Instituto con anterioridad a la entrada en vigor de las presentes Reglas, se tramitarán conforme a las disposiciones vigentes en la fecha de presentación de dichas solicitudes.
 
Si deseas contar con estas reglas de manera completa te invitamos a visitar la siguiente dirección electrónica:
 
 
Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle

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