La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos dio a conocer el día 23 de Diciembre de 2019 a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que revisa los salarios mínimos generales y profesionales vigentes desde el 1 de enero de 2020.
Los salarios mínimos generales que tendrán vigencia a partir del 1º de enero de 2020 en las áreas geográficas a que se refiere el punto resolutorio anterior, como cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria diaria de trabajo, serán los que se señalan a continuación:
- El área geográfica de la “Zona Libre de la Frontera Norte” $185.56
- El área geográfica del “Resto del país” $123.22
En esta ocasión en términos
generales para efectos de la fijación del salario mínimo se integran tres componentes: primero, el monto del salario mínimo
general vigente a partir del 1° de enero de 2019; segundo, un Monto Independiente de Recuperación
que se suma al monto del salario mínimo vigente anterior; y, tercero, un factor
de aumento por fijación igual a 5% que se aplica a la suma del salario mínimo vigente
anterior y al MIR; en la fijación del salario
mínimo de la Zona Libre de la Frontera Norte no se aplicó el identificado como Monto
Independiente de Recuperación
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Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle
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