jueves, 17 de febrero de 2011

Anteproyecto para la Cuarta Resolución Miscélanea Fiscal para 2010 y su anexo 1-A

Se dio a conocer el día 10 de febrero de 2011, en el portal de Internet del SAT el Anteproyecto de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 y su Anexo 1-A, misma que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Esta resolición destaca entre otras cosas, lo siguiente:

Inscripción de trabajadores
1.Regla I.2.6.5.- Se tendrá por cumplida la obligación para los empleadores de inscribir a sus trabajadores en el RFC, cuando en la Declaración Informativa Múltiple que se encuentren obligados a presentar contenga la información del RFC a diez posiciones y la CURP de dichos trabajadores.

Nuevo esquema de cambio de domicilio por internet
2. Regla I.2.7.5.- Los contribuyentes podrán optar por presentar a través de la página de Internet del SAT, el aviso de cambio de domicilio, cumpliendo con los requisitos establecidos en la dicha regla.

Informativa de Repecos a petición de autoridad
3. Regla I.3.12.3.1.- La declaración informativa de ingresos obtenidos en el régimen de pequeños contribuyentes en el ejercicio fiscal de 2010, deberá presentarse cuando sea requerida por las autoridades fiscales.

Impresión de comprobantes fiscales digitales
4. Segundo transitorio.- Durante el primer trimestre de 2011, las representaciones impresas de los CFD´s podrán contener la leyenda "Este documento es una impresión de un comprobante fiscal digital".

Se deroga el anexo 8, de la información del IVA en la informativa multiple
5. Tercero transitorio.- Se deroga el Anexo 8 "Información sobre el impuesto al valor agregado" de la forma oficial 30 ó DIM "Declaración Informativa Múltiple".

Aviso para ejercer la deducción adicional del primer empleo
6. Se adiciona la ficha 78/ISR. Aviso para ejercer la opción de la deducción adicional por contratar a trabajadores de primer empleo que ocupen puestos de nueva creación.

Es importante considerar que este es una anteproyecto, con lo que debemos esperar su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Si deseas conocer el contenido completo de esta publicación te invitamos a visitar la siguiente dirección electrónica:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/legislacion/52_1359.html


Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle

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