martes, 15 de febrero de 2011

Análisis del Decreto de deducción de colegiaturas

El día 15 de febrero de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorga estímulo fiscal a las personas físicas en relación con los pagos por servicios educativos. En esta publicación se señala lo siguiente:
Las personas físicas podrán deducir para efectos de su Impuesto Sobre la Renta (ISR), las colegiaturas de los niveles preescolar, primaria, secundaria y media superior. La medida aplicará cuando se trate de las colegiaturas para los estudios del propio contribuyente, de su cónyuge o concubina, de sus hijos o de sus padres.
Para acceder a los beneficios de la deducción de colegiaturas se establece que dichos pagos deben hacerse a través de medios de pago electrónico o cheques nominativos. Posteriormente, y al igual que otras deducciones del ISR (por ejemplo, la deducción de gastos médicos), el contribuyente podrá deducir en su declaración anual (al parecer como deducciones personales) los pagos hechos por concepto de colegiaturas. Con el fin de preservar la equidad, se establece un límite máximo para la deducción equivalente al gasto por alumno que el Gobierno Federal ejerce en dichos niveles de educación de acuerdo al siguiente cuadro.
Nivel educativo--------------------Límite anual de deducción
Preescolar-----------------------------------$14,200.00
Primaria-------------------------------------$12,900.00
Secundaria----------------------------------$19,900.00
Profesional técnico-------------------------$17,100.00
Bachillerato o su equivalente-------------$24,500.00
Consideramos que es una buena medida para apoyar a los padres de familia que debido situación de la educación pública, optan por llevar a sus hijos a la educación privada, aunque podemos considerar que el monto del estimulo nos resulta un poco reducido y acotado, ya que no se incluye a la educación superior, sin embargo aun así pensamos que es un gran avance.
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Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle

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