Están obligados a utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos los siguientes contribuyentes:
* Contribuyentes que se incorporan en mayo de 2011, para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a abril de 2011 y subsecuentes:
•Los contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010, aún cuando opten por la aplicación del beneficio establecido en el Artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2010.
Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle
No hay comentarios:
Publicar un comentario