El día 22 de noviembre de 2017 se publico en la pagina de internet del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.mx), prorroga a la facturación electrónica versión 3.3 hasta el 01 de enero de 2018, y otras facilidades adicionales que se presentan a continuación:
1. A partir del 1 de julio del 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1 de enero del 2018, la única versión válida será 3.3.
2. La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de Agosto del 2018.
3. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de Noviembre del 2018.
4. Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.
5. En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades aquí descritas.
Si deseas contar con la publicación completa de estas facilidades te invitamos a visitar la siguiente dirección electrónica:
Comunicado del SAT sobre facilidades para implementación de nueva factura electrónica ver 3.3
A continuación se presenta un vídeo y documentos siguientes referentes a la facturación electrónica CFDI Ver 3.3:
1. A partir del 1 de julio del 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1 de enero del 2018, la única versión válida será 3.3.
2. La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de Agosto del 2018.
3. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de Noviembre del 2018.
4. Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.
5. En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades aquí descritas.
Si deseas contar con la publicación completa de estas facilidades te invitamos a visitar la siguiente dirección electrónica:
Comunicado del SAT sobre facilidades para implementación de nueva factura electrónica ver 3.3
A continuación se presenta un vídeo y documentos siguientes referentes a la facturación electrónica CFDI Ver 3.3:
Facturación electrónica versión 3.3 Visión del SAT
Información sobre el Complemento de Pagos
IDC análisis del complemento de pagos
Información sobre el Complemento de Pagos
IDC análisis del complemento de pagos
Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle
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