martes, 18 de enero de 2022

UNIDA DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA) DE 2022

 El Instituto Nacional de Estadística y Geografía publicó en el Diario Oficial de la Federación del 10 de Enero de 2021, el valor de la UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN DE 2022,  para lo cual determino lo siguiente:


Que derivado de la publicación de la Ley para determinar el valor de la Unidad de Medida y Actualización, y atendiendo al procedimiento establecido en el artículo 4 de la referida Ley, se utilizará el siguiente método para actualizar el valor de la Unidad de Medida y Actualización:

1.     El valor diario se determinará multiplicando el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización del año inmediato anterior por el resultado de la suma de uno más la variación interanual del Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de diciembre del año inmediato anterior.
2.     El valor mensual será el producto de multiplicar el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización por 30.4.
3.     El valor anual será el producto de multiplicar el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización por 12.

Con base en lo anterior, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía da a conocer que el valor de la Unidad de Medida y Actualización:
-Diario es de $96.22 pesos mexicanos, 
-Mensual es de $2,925.09 pesos mexicanos y
-Anual $35,101.08 pesos mexicanos, 

los cuales estarán vigentes a partir del 1o. de febrero de 2022 y hasta el 31 de enero de 2023.

Si deseas contar con la información completa de esta publicación te invitamos a visitar la siguiente dirección electrónica:

Tablas y Tarifas para nominas, pagos provisionales y cálculo del ejercicio 2022.

 La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publico en el Diario Oficial de la Federación del 12 de enero de 2022, el Anexos 8, 11, y 17, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, que incluye las TABLAS Y TARIFAS (Anexo 8) para  el cálculo de nominas, pagos provisionales y del ejercicio 2022.


Los anexos que presenta esta publicación son:

Anexo 8: A. Tarifa aplicable a pagos provisionales B. Tarifas aplicables a retenciones. C. Tarifa para el cálculo del impuesto correspondiente al ejercicio 2022.

Si deseas conocer la información completa de esta publicación te invitamos a visitar la siguientes direcciones electrónicas:
Anexos 8, R.M.F. para 2022, publicado en el DOF del 12-Enero-2022, INCLUYE TODAS LAS TABLAS Y TARIFAS PARA 2022

Si deseas contar con una síntesis de las principales tablas y tarifas aplicables al cálculo del ISR para personas físicas en 2022 y anual de 2022 (ya consideran el decreto de facilidades del 26/12/2013 en materia de subsidio para el empleo), puedes acceder a la siguiente dirección electrónica:



Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle

Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022

 La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó  el día 27 de diciembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2022, la cual entrará en vigor el próximo 1 de enero y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.

Contenido
Títulos
1. Disposiciones generales
2. Código Fiscal de la Federación
3. Impuesto sobre la renta
4. Impuesto al valor agregado
5. Impuesto especial sobre producción y servicios
6. Contribuciones de mejoras
7. Derechos
8. Impuesto sobre automóviles nuevos
9. Ley de Ingresos de la Federación
10. Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
11. De los Decretos, Circulares, Convenios y otras disposiciones

12. De la prestación de servicios digitales.

Transitorios

El artículo Segundo Transitorio señala Se dan a conocer los Anexos 1, 1-A, 3, 7, 8, 11, 14, 15, 16, 16-A, 17, 19, 27 y 29. Se modifican el Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 y los Anexos 25 y 25-Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.
Y el artículo Tercero Transitorio indica Se prorrogan los anexos 2, 6, 9, 10, 12, 13, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 26-Bis, 28, 30, 31 y 32 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente hasta antes de la entrada en vigor de la presente Resolución, hasta en tanto no sean publicados los correspondientes a esta Resolución.
Si deseas contar con la información completa de esta publicación te invitamos a visitar la siguientes direcciones electrónica:


Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle

Salarios Mínimos Generales (SMG) y Profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2022

 La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos dio a conocer el día 8 de Diciembre de 2021 a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que revisa los salarios mínimos generales y profesionales vigentes desde el 1 de enero de 2022.


Los salarios mínimos generales que tendrán vigencia a partir del 1º de enero de 2022 en las áreas geográficas a que se refiere el punto resolutorio anterior, como cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria diaria de trabajo, serán los que se señalan a continuación:

  • El área geográfica de la “Zona Libre de la Frontera Norte”     $260.34
  • El área geográfica del “Resto del país”                                 $172.87

Los salarios mínimos generales que tendrán vigencia a partir del  de enero de 2022, se incrementarán en 9%, en las dos zonas descritas en el primer resolutivo, por tanto, serán de 260.34 pesos diarios por jornada diaria de trabajo en el área geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte, cuyo incremento se compone de 25.45 pesos de MIR más un factor por fijación del 9%, y para el Resto del país el salario mínimo general será de 172.87 pesos diarios, por jornada diaria de trabajo, cuyo incremento se compone de 16.90 pesos de MIR más 9% de aumento por fijación. Estos montos serán los que figuren en la Resolución de este Consejo, mismos que serán publicados en el Diario Oficial de la Federación como cantidad mínima que deberán recibir en efectivo las y los trabajadores.

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