a Comisión Nacional de los Salarios Mínimos dio a conocer el día 24 de Noviembre de 2017 a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que revisa los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de Diciembre de 2017, otras consideraciones son las siguientes.
1. Mantener un área geográfica única integrada
por todos los municipios del país y demarcaciones territoriales (delegaciones)
de la Ciudad de México, para efecto de aplicación del SMG y los salarios
mínimos profesionales.
2.
El SMG vigente a partir del 1 de diciembre del año en curso será de 88.36 pesos
diarios, integrado por los elementos siguientes:
SMG vigente en 2017 $80.04
Más:
Monto Independiente de Recuperación 5.00
Igual:
3.
Los salarios mínimos
profesionales vigentes del 1 de enero al 30 de noviembre de
2017 se incrementarán sólo con el 3.9% para conformar los montos vigentes a
partir del 1 de diciembre del presente año.
Por último, el Consejo de Representantes de la
CONASAMI concertó que si durante el primer cuatrimestre de 2018 comprueba que
existen las condiciones económicas que lo justifiquen, realizará nuevamente el
proceso de revisión del SMG −que estará vigente el próximo 1 de diciembre y que
continuará a partir del 1 de enero de 2018−, mediante el instrumento de MIR,
con el fin de alcanzar la línea de bienestar del Consejo Nacional de Evaluación
de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL).
Más:
Monto Independiente de Recuperación 5.00
Igual:
Monto del Salario Mínimo General con Incremento 85.04
Más:
Incremento del 3.9% Correspondiente al 2018 3.32
Igual:
SMG vigente a partir del 1-XII-2017 y para 2018 $88.36
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Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle
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