La Secretaría de Hacienda y Crédito Público
(SHCP) dio a conocer mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de abril de 2018, la
Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus anexos 1-A y 23, entre los cambios que destacan se encuentran:
• Se adiciona la regla 2.7.5.7. “Emisión de CFDI
por concepto nómina del ejercicio fiscal 2017”, para indicar que los
contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2017 hayan emitido Comprobantes Fiscales Digitales por
Internet o Factura Electrónica (CFDI) de nómina que contengan errores u
omisiones en su llenado o en su versión, podrán por única
ocasión corregir éstos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el
15 de mayo de 2018 y se cancelen los comprobantes que
sustituyen
• También se adiciona la regla 3.3.1.50. donde se
indica el procedimiento por el cual el contratante realiza la consulta de la
información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación
laboral
• La regla 3.3.1.51. da a conocer el procedimiento
que debe observar el contratante para solicitar aclaraciones en materia de subcontratación laboral
sobre la funcionalidad del aplicativo
• Con la adición de la regla 3.9.18. se indica a
los contribuyentes que no opten por dictaminar sus estados financieros para
efectos fiscales, podrán presentar la información que corresponda al ejercicio
fiscal de que se trate, contenida en el Anexo
9 de la Declaración informativa múltiple (DIM), a más tardar el 30 de junio del
año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que
se trate, siempre que, en su caso, exista consistencia con la información
declarada en términos del artículo 76-A, fracción II de la Ley del Impuesto
sobre la Renta (LISR), para lo cual los contribuyentes podrán presentar esta última
declaración a más tardar el 30 de junio del año inmediato posterior a la
terminación del ejercicio de que se trate
• Con la reforma a la regla 3.16.11. se publica
el factor de acumulación
aplicable al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio fiscal de
2017, es de 0.0000
• En la regla 3.21.6.7. se indica el
procedimiento para la presentación de la declaración del ejercicio 2017 con la
opción de acumulación de ingresos por personas morales y en la regla 3.21.6.8.
se describen el tipo de declaraciones complementarias que presenten los
contribuyentes
• También se publica oficialmente lo que el
Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su página de
Internet la semana anterior referente a la prórroga para los contribuyentes personas físicas que
podrán presentar su declaración anual del ejercicio 2017 a más tardar el 15 de
mayo de 2018
Asimismo, se modifican los siguientes anexos de
la referida Resolución:
• 1-A “Trámites
Fiscales”
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Primera Resolución Miscelánea Fiscal para 2018
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