La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día
19 de febrero de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, la Primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal
para 2013, en la cual respecto del Libro Segundo, se adiciona el Capítulo
II.12.4.denominado "De la condonación prevista en el Transitorio Tercero de la
LIF" que comprende las reglas II.12.4.1. a la II.12.4.6., para quedar de la
siguiente manera:
Capítulo II.12.4. De la condonación prevista en el Transitorio
Tercero de la LIF
- Presentación de la solicitud para obtener la condonación
- Procedimiento
- Ejercicios revisados
- Adeudos controlados por entidades federativas
- No acumulación de montos condonados
- Condonación sin efectos
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Dr. Miguel Ángel Oropeza Tagle
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